En 1928, se inicia un juicio contradictorio para la concesión de la Laureada al Tercio por la campaña de Marruecos 1920-1927, en Marzo de 1934 queda estancado dicho juicio, creo merecedor al Tercio de la concesión de la Laureada, solicito reapertura del juicio contradictorio.
En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 79 del Reglamento de la Real y Militar Orden de San Fernando, aprobado por R. D. de 26 de noviembre de 1925, el Juez Instructor del Juicio Contradictorio que se instruye a favor del Tercio, me dice lo siguiente:
Se instruyó el presente expediente con motivo de la Orden General de las Fuerzas Militares de Marruecos del día 6 de noviembre de 1928 en Tetuán, en la que se manifiesta que con motivo de la resolución de distintos expedientes de juicios contradictorios para la concesión de la Cruz de San Fernando y de la Medalla Militar a varios oficiales, clases y tropa del Tercio, así como de la información instruida para esclarecer si dicho cuerpo mereció la Medalla Militar como recompensa colectiva en los combates de 1924 en la Zona Occidental y por ultimo con ocasión de la formación de la propuesta de recompensas por meritos contraídos durante la campaña de 1927, ha llegado a conocimiento del Excmo. Sr. General Jefe Superior de estas Fuerzas Militares, hechos relativos a la actuación del Tercio que por su repetición y circunstancias pudiera llegar a constituir meritos suficientes para que le fuese otorgada la Cruz de San Fernando.
Dicho expediente fue paralizado sin resolver en 1936, quedando como último documento la publicación siguiente:
Fuerzas Militares de Marruecos Estado Mayor Sección primera
Orden general de estas fuerzas militares correspondiente al día 14 de enero de 1936, en Ceuta
Orden circular de 28 de enero de 1936 (D. 0. núm. 57)