Artículo 12. Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas.
4. Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 por ciento de la masa en vacío del vehículo tractor
ESO ES LA PARTE LEGAL , PUES BIEN NO EXISTE TAL LEGALIDAD
POR LO VISTO INGENIERÍA Y APLUS CIRCUITO DE PRUEBAS ESPAÑOL (ITV) NO CONSIGUEN
PONERSE DE ACUERDO.
POR LO QUE LOS FABRICANTES NO PUEDEN VENDER GANCHO DE MOTO EN ESPAÑA
SIN EMBARGO EN TODA EUROPA ES LEGAL LLEVAR GANCHO Y REMOLQUE
PUEDES COMPRAR Y MONTAR TU GANCHO EN EUROPA PERO NO LEGALIZARLO EN ESPAÑA
COMO SE PUEDE COMER ESTO.
SI EL PROPIO FABRICANTE DE MOTOS LO AUTORIZA SIGNIFICA QUE ESTA HOMOLOGADO , DIGO YO
PERO ITV Y DGT NO LO AUTORIZAN , ES EL PEZ QUE SE MUERDE LA COLA
TENEMOS UN SIN FIN DE CLIENTE QUE DESEAN TENER LEGALIZADO SU ENGANCHE Y PODER LLEVAR
SU REMOLQUE , SIN EMBARGO NO PUEDEN.
BUENO LAS COSAS ESTÁN ASÍ , NOS INTERESA MUCHO ESTE MERCADO , PUES ES MUY BENEFICIOSO
COMO EMPRESA ES LO NO VA MAS , TENEMOS EN CUESTIÓN DE MINUTOS A MAS DE 250 GRUPO MOTEROS
ESPERANDO PODER COMPRAR NOS.
VAYA QUE TODO AQUEL QUE DESE ESTAR INFORMADO SOLO TIENE QUE SOLICITAR A TRAVÉS DE LA SECCIÓN SU INTERÉS APUNTÁNDOSE A NUESTRO BOLETÍN INFORMATIVO PARA FUTUROS CAMBIOS
ATTE. LES SALUDA PACO ADMINISTRADOR WEB DE REMOLQUES BAIX PENEDES
Finalmente se ha solucionado el problema de los remolques para motocicletas en Suecia , PERO Y EN ESPAÑA